Presentar paso a paso Nacionalidad Española por Residencia

Presentar paso a paso la Nacionalidad Española por Residencia
Para obtener la nacionalidad por residencia, la cual exige la residencia de la persona en España durante diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición. Existen casos en los que el período de residencia exigido se reduce; estos son:

Cinco años: para la concesión de la nacionalidad española a aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado
Dos años: para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
Un año:
El que haya nacido en territorio español.
El que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.
El que haya estado sujeto legalmente a la tutela (bajo la vigilancia de un tutor), guarda o acogimiento (el acogimiento que permite la reducción de residencia legal a un año es aquél en que existe resolución de la entidad pública que tenga en cada territorio encomendada la protección de menores y los acogimientos que estén judicialmente reconocidos) de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.
El que, en el momento de la solicitud, lleve un año casado con un español o española y no esté separado legalmente o de hecho.
El viudo o viuda de española o español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho o judicialmente.
El nacido fuera de España de padre o madre, (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles. 
Además, el interesado deberá acreditar buena conducta cívica, y suficiente grado de integración en la sociedad española.

¿Quiénes pueden presentarlo?

El interesado, por sí mismo, siempre que sea mayor de 18 años o se encuentre emancipado.
El mayor de 14 años asistido por su representante legal.
El representante legal del menor de 14 años.
La persona con la capacidad modificada judicialmente por sí solo o el representante legal de dicha persona, dependiendo de lo que señale la sentencia de incapacitación.

Presentar Telemáticamente
A continuación le vamos a enseñar como presentar paso a paso la nacionalidad por usted mismo, recordando siempre que es bajo su propia responsabilidad utilizar esta información y método y que lo mas recomendable es ver un profesional que le asesore pero si no desea lo puede hacer de esta forma, ya usando estos pasos se han presentado expedientes y han sido resueltos satisfactoriamente.
Para presentar telemáticamente la nacionalidad Española por residencia lo primero que debemos hacer después de reunir toda la documentación necesaria es dirigirnos al Sitio Web del Ministerio de Justicia al trámite (Presentar la Nacionalidad Española por Residencia) una vez en el sitio web debe verse de esta forma:

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Una vez que damos clic sobre la opción mostrada en la imagen nos aparece seleccionar nuestro certificado digital previamente instalado y si no sabe como hacerlo en este tutorial que les dejo con enlace les explicamos como solicitarlo e instalarlo, una vez seleccionado nos aparece otra ventana como esta:

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Ya es aquí donde aparece por defecto nuestros datos que carga los mismos del certificado digital que tenemos instalado en el ordenador. Damos Clic en el botón:     NUEVA SOLICITUD. Cuando hacemos esto que cumplimentamos el formulario que nos aparece y que les mostrare a continuación, queda este tramite como borrador lo cual podemos cerrar y continuar mas adelante el mismo dando clic en el botón:  VER/MODIFICAR.



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Una vez que aparece esta ventana como podemos apreciarnos dice que el estado de la misma es: Borrador (No presentado) es aquí este el formulario donde debemos ingresar todos los datos referidos a nuestra solicitud ero a de ser minuciosamente y con mucho cuidado, recuerda que un error aquí puede generar un problema en la solicitud de tu expediente de Nacionalidad puesto que la información que escribes no debe tener errores de escritura y tienes que cumplimentar  el expediente de manera correcta o puedes generar que te hagan un requerimiento etc. Por eso siempre insistimos que si no estas seguro en como completar tus datos o rellenar el formulario o la misma confección de tu expediente acudas a profesionales pero si te animas a hacerlo por ti mismo veras que es un proceso muy sencillo pero que es bajo tu propia responsabilidad.



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Como se observa en esta ventana es la continuación de la anterior puesto que el formulario es un poco largo pero es que en el mismo as de rellenar todos tus datos, estado civil, sexo, lugar de nacimiento, fecha del mismo, desde que año resides en España, quienes son tus padres en caso de conocer este dato, tu nacionalidad principal, etc. en fin todos los datos que te piden, que existen algunos que son opcionales y otros requeridos, siempre aconsejamos que se escriban todos los datos que tengas no dejando de rellenar por ejemplo nombre de los padres por ser opcional si se conoce este dato, también escribir los datos de los hijos menores de edad que tengas, en fin como les decía anteriormente, cumplimentar todo el formulario de manera correcta, a continuación les dejo mas imágenes del formulario.


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Seleccionamos la Situación del Interesado en el menú desplegable. Ojo, es aquí donde el interesado que presenta su expediente que tiene que seleccionar su caso particular y en función del caso que escoja ha de demostrar con la documentación que le requieren según su caso que tiene todos los plazos cumplidos, requisitos etc. correspondiente a cada caso, en este ejemplo escogimos el caso de casado con un español/la porque de esta manera abarcamos un poco mas en requisitos ya que en el caso general teniendo el periodo de residencia legal y continuada demostrado es menos la documentación que hay que presentar con respecto al caso de casado con español/la que aunque el tiempo de residencia como bien habíamos dicho es el abreviado de un año, en este caso tenemos que presentar otras documentación adicional que es el certificado de convivencia del interesado con el conyugue español/la, la certificación literal de nacimiento de dicho conyugue español/la, certificación de matrimonio de un Registro Civil Español y los otros documentos a presentar son los mismos al caso general entre algún otro documento que considere el interesado oportuno entregar.

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Una vez cumplimentado el formulario damos en la opción de Crear la solicitud , en el botón al final del mismo.
Ya después damos clic en el Menú: Documentación. Y ya en este menú es donde debemos adjuntar toda la documentación dando clic en el botón Modificar documentación.
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Nos aparece una ventana como esta y es ahí donde debemos ir seleccionando cada documento que debemos adjuntar priorizando primero cargar los documentos que nos salen como requeridos en nuestro caso y también después los que como habíamos dicho los que considere oportuno para su expediente y caso particular. En este caso aparecen los que son requeridos para el caso de Casado/da con un Español/la. Nos podemos fijar también como a medida que se van adjuntado los documentos requeridos va apareciendo un símbolo verde indicando que esta cargado ya ese documento.
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Cumplimentada toda la documentación y presionando en el botón Guardar, pasamos entonces a dar clic en el menú Notificación, una vez hecho esto aparece una ventana como se muestra a continuación que nos permite escoger el tipo de notificación que deseamos, si va a ser Postal a la dirección del domicilio antes mencionado en el formulario inicial o de forma electrónica al correo electrónico que antes habíamos igualmente escrito en dicho formulario, nuestra recomendación seria marcar siempre electrónica porque aun así después nos llega la notificación a través de carpeta ciudadana o a la plataforma DEHú.


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Posteriormente damos clic en el Menú Tasas y es aquí donde pagamos la tasa para el tramite de la Nacionalidad Española por Residencia, esta tasa se puede pagar o bien por recibo bancario domiciliado, pago por ventanilla o pago pasarela electrónica con tarjeta bancaria. El pago debe ser con una tarjeta a nombre del titular del interesado que presenta la solicitud. Terminado de pagar la tasa guardamos el numero de nos ofrece como comprobante del pago de la misma y pasamos a dar clic en el menú Exámenes que es la ventana que se muestra a continuación.


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Es en esta ventana que nos aparece de exámenes donde debemos dar clic en el botón Editar para poder ya sea adjuntar los resultados de los exámenes tanto el DELE como el CCSE según el caso, en este caso el examen DELE no es necesario porque la nacionalidad del ejemplo citado es de un país habla hispana y presenta dicho pasaporte en vigor de ese país de su nacionalidad actual. O en ves de adjuntar la documentación de aprobado dichos exámenes lo mas conveniente es permitir al sistema la comprobación automática con el Instituto Cervantes y reconoce de manera inmediata que eres apto en los exámenes o examen según el caso y no tenemos que adjuntar ningún documento ya que se comprobó telemáticamente como fue este caso.


El siguiente paso es el final y es cuando damos clic en el menú Resumen y envío y aquí es muy importante prestar mucha atención porque es en este paso donde verificamos y revisamos de ser posible muchas veces que todos los datos que hemos escrito y la documentación presentada esta de manera correcta y que no sobra o falta nada, ya en esta ventana aparece un resumen de toda la solicitud de su expediente y si realmente ves que ya esta completa es entonces donde presionamos ese botón que dice Firmar y enviar 
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Una vez que damos clic en dicho botón nos aparece la ventana de la aplicación AutoFirma previamente instalada y configurada con nuestro certificado Digital, y es aquí donde seleccionamos nuestro certificado y se firma electrónicamente nuestra solicitud y se envía para ser registrada en la plataforma, para saber que se a registrado de forma correcta nos devuelve un comprobante de presentación de la solicitud de Nacionalidad Española por Residencia y este comprobante lo debemos guardar ya que es el resguardo de nuestro expediente, de esta forma quedaría presentada nuestra solicitud y solamente quedaría esperar a que pasada por las diferentes fases y estados de tramitación de nuestro expediente sea resuelto y esperando la respuesta que todos queremos recibir y que sea concedida la nacionalidad.

De esta forma quedaría presentado un expediente de Nacionalidad Española por Residencia, espero que les haya sido fácil de comprender, recordamos siempre que esta web es para poder ayudarnos entre todos y informarnos como realizar distintos tramites y que siempre es de manera orientativa e informativa, para el aprendizaje y crecimiento personal pero es responsabilidad de cada cual el hacer cosas por si mismo. Esperemos que si utiliza este tutorial para presentar su expediente le sea fácil de comprender y que pueda adquirir conocimientos y poder compartirlos con los demás para que todos ganemos en experiencia y aprendizaje, como bien dice la dirección de esta página compartiendo aprendemos.



tomada información de: https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/tramites/nacionalidad-residencia